jueves, 5 de febrero de 2009

ATENCIÓN PRIORITARIA DE TURNOS EN EL CONSULTORIO JURÍDICO

El suscrito Director General del Consultorio Jurídico recuerda a todos los practicantes (abogados de pobres) que cumplen su práctica de noveno y décimo semestres, que los turnos que están asignados para artender usuarios en sus instalaciones son insustituibles e irremplazables salvo casos previos demostrados de fuerza mayor.
En consecuencia, tal como lo establece el Reglamento, los principios legales para el funcionamiento del Consultorio y lo ha ratificado el propio Director General, se debe procurar por todas las formas que las diligencias y cualquier trámite judicial o administrativo, por supuesto los personales, se programen en fechas y horaruios diferentes a los mencionados turnos.
El cumplimiento de los turnos y las horas cumplidas serán un factor determinante en la evaluación.
ALVARO HERNANDO CARDONA GONZALEZ
Director General